Sector · Transporte y logística
Conocemos la carretera legal del transportista.
Empresas de carga, de pasajeros y de servicios logísticos. Es uno de los rubros que más acompañamos, y por eso sabemos dónde aparece el riesgo antes de que llegue el acta, el reclamo o la inspección.
Casos frecuentes
Lo que más vemos en transporte y logística.
La sanción administrativa y el reclamo del pasajero son lo que más vemos. Lo laboral está presente, pero no es lo primero.
Síntoma y causa
El problema llega como legal. La causa casi siempre es anterior.

Quién decide
El gerente que responde ante otros.
Gerente general, de operaciones o de administración. Decide, pero rinde cuentas a los socios o al directorio. Busca orden, previsibilidad y no ser sorprendido.
Lo que se suele creer al llegar, y lo que respondemos
Si lo subsano después, no pasa nada.
Corregir a tiempo ayuda; pero hay infracciones que no se pueden subsanar. Conviene revisar antes de la inspección.
Esto lo ve el contador.
El contador ve el número; nosotros, lo que la autoridad puede exigir y cómo se defiende. Trabajamos juntos.
Un contrato estándar no se revisa.
En el contrato modelo están las penalidades y los plazos que después se discuten.
Autoridades y normas
Con quién se cruza tu operación.
- Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (Ley 27181)
- Reglamento Nacional de Administración de Transporte (D. S. 017-2009-MTC)
- Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571)
- Ley General de Inspección del Trabajo (Ley 28806)
- Ley General de Sociedades (Ley 26887)
Cómo te ayudamos
Para prevenir y para resolver.
Empezamos por lo que más vemos en el rubro, y siempre proponemos el acuerdo antes que el juicio.
Fiscalizaciones y reclamos de pasajeros
Calendario de habilitaciones y permisos por unidad; protocolo para el Libro de Reclamaciones.
Descargos y recursos ante SUTRAN, MTC o la municipalidad; defensa ante INDECOPI.
Conductores, jornada e inspecciones
Contratos, registro de jornada y descansos, y evidencias listas para la inspección.
Respuesta a SUNAFIL y defensa en demandas laborales.
Clientes, proveedores y comisionistas que cumplen
Contratos de transporte con responsabilidad, penalidades y documentos que permitan exigir y cobrar rápido.
Requerimiento, acuerdo de pago o de cumplimiento y, si hace falta, proceso judicial.
Poderes y actas al día
Matriz de poderes y calendario de juntas, sobre todo con varias sedes.
Regularización de actas y representación cuando un trámite se traba.
Preguntas del rubro
Lo que sabemos responder.
Un cliente dejó un reclamo en el Libro de Reclamaciones. ¿Puede terminar en multa?
Sí, si no se atiende bien. El reclamo debe responderse en quince días hábiles, sin prórroga, y no responder a tiempo ya es una infracción. Un reclamo bien atendido suele cerrar ahí.Base: Código de Protección y Defensa del Consumidor, art. 24 (Ley 31435)
Llegó SUNAFIL. ¿Qué debo tener listo?
Contratos de trabajo, planillas y boletas, el registro de asistencia y lo que exige la seguridad y salud en el trabajo. Lo primero es leer qué pide el requerimiento y en qué plazo; con eso ordenamos lo que hay y lo que falta.Base: Ley General de Inspección del Trabajo (Ley 28806)
Si corrijo después, ¿ya no pasa nada?
Corregir a tiempo ayuda, y mucho: subsanar antes de que empiece el procedimiento sancionador puede evitar la multa, y durante el procedimiento puede reducirla. Pero hay infracciones que no se pueden subsanar. Por eso conviene revisar antes de que llegue la inspección.Base: Ley 28806 y su reglamento
Un cliente, un proveedor o un comisionista no cumple o no paga: ¿carta notarial o juicio?
Depende de qué respalda la obligación. Si es un pago y tienes factura conformada, letra o pagaré, hay un proceso de cobro más corto. Si es otra prestación (entregar, terminar un trabajo, rendir cuentas de una comisión), el contrato define si puedes resolverlo, aplicar penalidades o exigir que se cumpla; en muchos casos la ley pide intentar antes una conciliación. La carta deja constancia y a veces basta.Base: Ley de Títulos Valores (Ley 27287) · Código Civil, arts. 1428 a 1430 · Ley de Conciliación (Ley 26872)
¿Vale la pena revisar un contrato modelo que me manda un cliente o un proveedor?
Sí, sobre todo los que se firman todos los días. En un contrato modelo suelen estar las penalidades, los plazos y las causales para terminarlo, que son justo lo que se discute después. Revisarlo antes cuesta menos que discutirlo.Base: Código Civil, arts. 1361 y 1362
Conocimiento del sector
Lo que estudiamos y conversamos.
Coloquio sobre las papeletas y multas de tránsito
La papeleta como aviso de una presunta infracción que da inicio al procedimiento sancionador, y cómo se responde.
ConexUS · Regulación y autoridadesCómo se vive una fiscalización desde dentro
Conversaciones con gerentes y especialistas en regulación.
Otros sectores
Te respondemos. Si no podemos atenderte en el momento, te devolvemos la llamada el mismo día. Lo urgente lo atendemos siempre. Y siempre sabrás qué sigue y cuándo.
