Para ti y tu familia · Arrendamiento
Recuperar tu inmueble, con la ruta clara y sin rodeos.
Si el inquilino no paga o no devuelve el inmueble, te explicamos qué camino corresponde según tu contrato y cuánto toma, sin promesas.
Lo que se suele creer
Y lo que en realidad pasa.
Con una carta notarial se va.
La carta deja constancia; si no se va, hay que ir a un desalojo.
El juicio demora años.
Depende de la vía; tu contrato puede permitir una más corta.
Puedo cambiar la chapa.
Hacerlo por tu cuenta puede volverse en tu contra.
Cómo te acompañamos
Un paso a la vez, y siempre sabrás qué sigue.
- Revisión del contratoQué firmaron, cómo y qué vía permite.
- RequerimientoCarta y propuesta de salida acordada.
- DesalojoNotarial o judicial, según lo que permita el contrato.
- Entrega y cobroRecuperar el inmueble y lo que se deba.
Por consulta o por etapa, y si lo necesitas, con un plan de pagos. El costo se conversa cuando entendemos tu caso y queda por escrito antes de empezar.
Preguntas
Lo que puedes preguntarnos.
Mi inquilino no paga. ¿Basta una carta notarial para que se vaya?
La carta deja constancia y a veces basta. Si no se va, hay que ir a un desalojo. Si el contrato se firmó por escritura pública o en el formulario oficial de arrendamiento y tiene la cláusula de allanamiento, la ley permite un desalojo con intervención notarial, que es más corto.Base: Ley 30933 · D. Leg. 1177
Otras situaciones
Te respondemos. Si no podemos atenderte en el momento, te devolvemos la llamada el mismo día. Lo urgente lo atendemos siempre. Y siempre sabrás qué sigue y cuándo.
